El tipo de contradicción en los cuatro ejemplos de la primera fórmula del imperativo categórico en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres

Carlos Antonio Delgadillo Macías[*]

 

Recepción: 1 de marzo de 2021
Aprobación: 3 de mayo de 2021

 

Resumen. Delgadillo Macías, Carlos Antonio. El tipo de contradicción en los cuatro ejemplos de la primera fórmula del imperativo categórico en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres. En la Fundamentación de la metafísica de las costumbres, publicada por Immanuel Kant en 1785, se explican las distintas formulaciones del imperativo categórico. Para la primera se ofrecen cuatro ejemplos de máximas que no pueden ser aceptadas por ser contradictorias. Este trabajo tiene el propósito de esclarecer a qué se refiere Kant con el concepto “contradicción” en este contexto argumentativo. Para ello hago referencia a su concepción del sistema de la naturaleza, que se delinea en obras como la Crítica de la razón pura y los Prolegómenos a toda metafísica futura que haya de presentarse como ciencia.

Palabras clave: Kant, ética, imperativo categórico, contradicción, máximas.

 

Abstract. Delgadillo Macías, Carlos Antonio. The Type of Contradiction in the Four Examples of the First Formula of the Categorical Imperative in the Groundwork for the Metaphysics of Morals. The Groundwork for the Metaphysics of Morals, published by Immanuel Kant in 1785, explains the different formulations of the categorical imperative. For the first one, it offers four examples of maxims that cannot be accepted because they are contradictory. The aim of this article is to clarify what Kant is referring to with the concept of “contradiction” in this argumentative context. For this, I make reference to his conception of the system of nature, outlined in works such as Critique of Pure Reason and the Prolegomena to Any Future Metaphysics That Will Be Able to Present Itself as a Science.

Key words: Kant, ethics, categorical imperative, contradiction, maxims.

 

Introducción

En este artículo ofrezco una interpretación del tipo de contradicción que se encuentra en los cuatro ejemplos de la primera formulación del imperativo categórico, de acuerdo con la Fundamentación de la metafísica de las costumbres. He tomado en cuenta cuatro interpretaciones: la lógica, la teleológica, la práctica y la lógica revisada, según se presentan y discuten en La fórmula de la ley universal de Christine Korsgaard[1] y El concepto del imperativo categórico y la fórmula de la ley universal de la naturaleza de Faviola Rivera.[2]

Aunque tengo a la vista esos textos, he decidido no simplemente repetir su exposición y la discusión, sino abordar los ejemplos de Kant, uno por uno, entendiendo la contradicción como sistémica o sistemática. Comprendo que esta interpretación sería muy parecida a alguna versión de la interpretación lógica, aunque en este caso la contradicción sistemática habrá de ser distinta en los deberes perfectos y en los deberes imperfectos. En los primeros, tal contradicción se refiere a un sistema de la naturaleza según leyes causales; mientras que, en los segundos, la contradicción sistemática sería de la naturaleza, pero concebida teleológicamente entre dos sistemas posibles.

En los ejemplos de los deberes perfectos las contradicciones harían ver que la universalización de las máximas en cuestión no nos permite pensar un sistema de la naturaleza según leyes causales. En los ejemplos de los deberes imperfectos, en cambio, esa máxima puede ser pensada así, pero no puede quererse si estamos comprometidos racionalmente con ciertos propósitos o fines racionales, que en última instancia se condensarían en un sistema completo según principios teleológicos. Otra forma de decirlo es que la contradicción de los primeros dos ejemplos impide pensar cualquier naturaleza o mundo posible (pues ese mundo estaría regido por un sistema incoherente de leyes); mientras que la contradicción de los otros dos ejemplos permite pensar una naturaleza o un mundo posible (su sistema de leyes es coherente), pero nos impide quererlo, pues —esto es un supuesto— nosotros racionalmente queremos la mejor de las naturalezas o el mejor de los mundos posibles.

Sé que soy arriesgado en esta interpretación. Mi objetivo no es tanto discutir otras interpretaciones, sino ofrecer una hipótesis hermenéutica coherente que sirva para todos los ejemplos desde un principio básico, la idea de sistema. Creo que esta interpretación tiene sustento en los textos de Kant, lo que mostraré a lo largo del texto, y creo también que puede tener relevancia filosófica, pues abona en la interpretación global de los ejemplos y en el tipo de contradicción que contendrían.

 

La idea de sistema

En la Dialéctica Trascendental de la Crítica de la razón pura Kant argumenta que la idea de Dios tendría una función regulativa, que nos permite pensar el mundo como si procediera de una misma causa. Esto nos permitiría concebir las leyes de la naturaleza como una unidad sistemática. Kant hace una analogía con el espacio:

Pues así como el espacio, porque hace posibles originariamente todas las figuras, que son solamente diversas limitaciones de él, es tenido por algo absolutamente necesario y subsistente por sí, y por un objeto dado en sí mismo a priori, a pesar de que es sólo un principium de la sensibilidad, así también, puesto que la unidad sistemática de la naturaleza no puede ser erigida de ninguna manera en el principio del uso empírico de nuestra razón, salvo en la medida en que pongamos por fundamento la idea de un Ente realísimo, [entendido] como causa suprema, ocurre de manera enteramente natural que […] esa idea sea representada como un objeto efectivamente real, y que éste, a su vez, por ser la condición suprema, sea representado como necesario; y por consiguiente [ocurre que] un principio regulativo se transmite en uno constitutivo (…).[3]

Lo que caracteriza a un sistema es la unidad. Y ésta se obtiene a partir de un mismo principio, que vincula a los elementos de ese sistema. En el caso de la naturaleza, como conjunto de leyes, es la idea de Dios, como causa última y necesaria, lo que nos permitiría pensar en la unidad de todos los fenómenos. Ésa sería la función de esa idea. Lo que hay que reconocer es que Dios no es una sustancia subsistente, constitutivo de la naturaleza, considerada en sí misma, sino, como ya se dijo, un principio dentro de la razón pura.

Más adelante, en la Doctrina del Método, Kant habla de desarrollar una arquitectónica de la razón pura. Y define “arquitectónica” como el “arte de los sistemas”. Para él es justo la unidad sistemática lo que nos permite pasar del conocimiento común al conocimiento científico. Kant está pensando en la trabazón de un todo gracias a una idea común:

Bajo el gobierno de la razón, nuestros conocimientos no pueden ser, en general, una rapsodia, sino que deben constituir un sistema, sólo en el cual pueden apoyar y llevar adelante los fines esenciales de ella. Entiendo empero por sistema la unidad de los múltiples conocimientos bajo una idea. Ésta es el concepto racional de la forma de un todo, en la medida en que mediante ese concepto se determina a priori tanto la extensión de lo múltiple, como el lugar respectivo de las partes. El concepto racional científico contiene, por consiguiente, el fin y la forma de aquel todo que es congruente con él.[4]

En la interpretación que propongo, aquí Kant está dejando claro, aunque parezca obvio, que un sistema racional no puede contener contradicciones. Una contradicción en un sistema de conocimientos sería irracional. Además, si, como afirma el filósofo, se puede determinar la extensión de lo múltiple a priori, entonces ese sistema tendría la cualidad de la completitud, es decir, no le faltarían partes, sino que, desde el principio y por deducción podríamos obtener cuántas partes o elementos contendría, además de su lugar o posición. Esto queda claro en el pasaje que sigue al citado antes:

La unidad del fin al que se refieren todas las partes, y en cuya idea todas ellas también se refieren unas a otras, hace que cada parte pueda echarse de menos, cuando ocurre el conocimiento de las restantes; y hace que no se produzca ningún añadido contingente, ni haya ninguna cantidad indeterminada de perfección que no tenga sus límites determinados a priori. Por tanto, el todo está organizado (articulatio) y no amontonado (coacervatio); puede, por cierto, crecer internamente (per intussusceptionem) pero no externamente (per appositionem), tal como un cuerpo animal, al cual el crecimiento no le añade ningún miembro, sino que, sin alteración de la proporción, hace a cada uno de ellos más fuerte y más apto para sus fines.[5]

Al relacionar la idea de sistema con la de la unidad, que permite pensar un cuerpo de conocimientos como un todo, propongo que aceptemos que él atribuye al sistema la cualidad de que sea completo (que no le falten partes) y que sea coherente (que no contenga inconsistencias o contradicciones). Además, al afirmar explícitamente Kant que en el sistema que tiene en mente todas las partes se refieren unas a las otras, propongo que interpretemos que él considera también la decidibilidad, es decir, la posibilidad de que podamos decidir, en nuestro sistema, de qué proposición se deriva cualquier otra. En pocas palabras, creo que Kant está pensando en lo que ahora entendemos como un sistema formal.

En lo que se conoce como “Primera introducción a la Crítica del Juicio” Kant explica lo que entiende por forma lógica de un sistema. Según él, se trataría de la división de un concepto general gracias a la cual, y siguiendo un principio, pensamos la diversidad de lo particular contenido en ese universal. El procedimiento podría ser empírico o inductivo, ascendiendo desde lo particular a lo universal, pasando desde las especies a los géneros por medio de la comparación y la subsunción. También puede hacerse de lo universal a lo particular, lo que llamaríamos deducción.[6]

El sistema obtenido o construido por deducción, de lo general a lo particular, tendría que ser completo y coherente, siguiendo a la razón de la división o especificación del concepto universal, por medio de la razón y sus principios. No podría ser de otra forma. Lo que defiendo en este texto es que la naturaleza, entendida como sistema en este sentido, es lo que está detrás de la idea de ley de la naturaleza y los tipos de contradicción que Kant desarrolla en los ejemplos de la primera formulación del imperativo categórico, según la Fundamentación.

 

La primera fórmula del imperativo categórico y la ley universal de la naturaleza

Comenzaré con las bases textuales. En la Fundamentación Kant presenta el imperativo categórico de la siguiente manera: “El imperativo categórico es así pues único y, por cierto, éste obra sólo según la máxima a través de la cual puedas querer al mismo tiempo que se convierta en una ley universal”.[7] A continuación, Kant pasa de esto, que sería el concepto, a lo que es propiamente la primera formulación:[8]

Dado que la universalidad de la ley según la cual suceden efectos constituye lo que se llama propiamente naturaleza (según la forma), esto es, la existencia de las cosas en tanto que está determinada según leyes universales, tenemos que el imperativo universal del deber también podría rezar así: obra como si la máxima de tu acción fuese a convertirse por tu voluntad en una ley universal de la naturaleza.[9]

En este pasaje se ofrece una definición de naturaleza. Según la forma, es la universalidad de la ley según la cual suceden efectos. En los Prolegómenos a toda metafísica futura que haya de poder presentarse como ciencia Kant distingue entre el concepto material de naturaleza y el concepto formal de la misma.[10]

La natura materialiter spectata (“naturaleza considerada materialmente”) es el conjunto de todos los fenómenos; mientras que la natura formaliter spectata (“naturaleza considerada formalmente”) es el conjunto de las reglas a las que deben someterse todos los fenómenos. Según se afirma en el mismo parágrafo, esas reglas las proporciona el entendimiento, y encontramos su fundamentación en la Lógica trascendental de la Crítica de la razón pura.

De las reglas a las que deben someterse los fenómenos y cuyo conjunto es la naturaleza (en sentido formal), me parece que se ha de tomar en cuenta la causal, es decir, la regla que enlaza un fenómeno con otro, de tal forma que, si se presenta uno (causa), manifestará el otro (efecto) necesariamente. “Toda cosa de la naturaleza actúa según leyes” y “La voluntad es un tipo de causalidad de los seres vivos en tanto que racionales”.[11] El concepto de causalidad implica el de ley y el de necesidad. La ley aquí establece que entre determinada causa y determinada consecuencia hay una conexión necesaria: si se da la causa se da el efecto. Esa regla es la ley causal, y el enlace es válido para todos los fenómenos de la naturaleza. Si la voluntad es definida como un tipo de causalidad, entonces también debe tener una ley. Esa ley es el imperativo categórico, que, según su forma, debe ser como una ley universal de la naturaleza.

 

El primer ejemplo y el test de la universalización de la máxima

Los cuatro ejemplos, que se dividen en deberes perfectos (1 y 2) e imperfectos (3 y 4), también pueden dividirse en deberes hacia uno mismo (1 y 3) y deberes hacia los otros (2 y 4). En los ejemplos de los deberes perfectos aparecen máximas que ni siquiera pueden pensarse o concebirse sin contradicción como leyes universales de la naturaleza; mientras que en los ejemplos de los deberes imperfectos surgen máximas que pueden pensarse como leyes universales de la naturaleza, pero que la voluntad no puede querer como tales sin contradicción (consigo misma).[12]

En el primer ejemplo, el del deber perfecto hacia uno mismo, Kant presenta el caso de un individuo que decide quitarse la vida previendo en el futuro más desagrado que placer. La máxima nos la ofrece el propio autor: “Tomo por amor propio como principio acortarme la vida si ésta me amenaza a largo plazo con más mal que agrado me promete”.[13] La prueba de universalización consistiría en juzgar si esa máxima puede pensarse sin contradicción como ley universal de la naturaleza. Kant lo niega:

[…] se ve pronto que una naturaleza cuya ley fuese destruir la vida por la misma sensación cuyo cometido es impulsar el fomento de la vida contradiría a esa sensación misma y, así pues, no subsistiría como naturaleza, y por tanto es imposible que aquella máxima se dé como ley universal de la naturaleza, y por consiguiente contradice enteramente al principio supremo de todo deber.[14]

Notemos que, en el argumento, una consecuencia de universalizar esa máxima como ley de la naturaleza es que la naturaleza en cuestión no subsistiría como tal, es decir, una ley universal de ese tipo haría imposible una naturaleza. La causa de esto es que una naturaleza, en la que una sensación (Empfindung)[15] cuyo fin o cometido (Bestimmung) es fomentar la vida terminase por destruirla según una ley necesaria, contradiría, dice Kant, a esa sensación.

En la interpretación que propongo nuestro autor está pensando en que una ley semejante haría inconsistente o incoherente el sistema de leyes causales de la naturaleza, impidiendo que subsista como sistema. Si la naturaleza es, de alguna manera, un sistema de leyes, no podríamos aceptar que dos leyes se contradijeran: “Lo que está en cuestión no es una mera afirmación en el sentido de que todos actúen según cierta máxima, sino una ley de la naturaleza en el sentido de que todos actúen necesariamente según ella, y eso, dice Kant, contradice otra ley de la naturaleza de acuerdo con la cual la función del amor propio es preservar la vida”.[16]

La naturaleza como materia (el conjunto de los fenómenos) es ordenada según la reglas formales de la naturaleza (considerada formalmente); la forma es aportada por el entendimiento, y la materia nos es dada por la sensibilidad: “[…] las leyes que descubrimos en los objetos de la intuición sensible, especialmente cuando han sido consideradas como necesarias, nosotros mismos las tenemos por leyes introducidas por el entendimiento, aunque por otra parte sean enteramente iguales a las leyes de la naturaleza que adscribimos a la naturaleza”.[17]

Las leyes de la naturaleza son introducidas por el entendimiento; son las reglas a las que debe adaptarse el conjunto de los fenómenos. En eso consiste el giro copernicano del idealismo trascendental: en lugar de que el sujeto se adapte al objeto, el objeto se adapta al sujeto, a sus condiciones de conocimiento, esas reglas que constituyen la naturaleza considerada formalmente y que conforman un sistema.

Que, al universalizar, nosotros tomemos en cuenta la noción de sistema como equivalente a la de naturaleza es algo que Kant nos indica en la Crítica de la razón práctica:

La regla de la facultad de juzgar bajo las leyes de la razón pura práctica es ésta: pregúntate a ti mismo si la acción que tienes en mente ocurriera según una ley de la naturaleza de la que tú mismo fueras una parte, ¿podrías considerarla como posible por tu voluntad? […] esa ley universal es un tipo para el juicio de las máximas según principios morales. Si la máxima de la acción no es tal que aguante la comparación con la forma de una ley natural en general, es moralmente imposible.[18]

Las leyes de la naturaleza, aunque introducidas por el entendimiento, no se aplican a los fenómenos por nuestra voluntad, sino que son las condiciones de nuestro conocimiento. La prueba en la filosofía práctica consiste en resolver si la máxima de nuestra acción puede convertirse por nuestra voluntad y sin contradicción en una de esas leyes universales que nuestro entendimiento aporta y que constituyen el sistema de la naturaleza. Ese sistema, como conjunto de reglas para la ordenación de los fenómenos, debe ser coherente.

El supuesto en el primer ejemplo es que existe una ley de la naturaleza según la cual la “sensación” del amor propio tiene como objetivo preservar la propia vida. Si nosotros, apelando al amor propio en el nivel de una máxima particular y por nuestra voluntad, universalizáramos esa máxima, lo que tendríamos como consecuencia es una nueva ley que contradiría una ya existente:

Kant no está diciendo que sea imposible llevar a todos a suicidarse por amor propio, y menos aún que sea imposible conducir a todos los que estén hartos de la vida a hacerlo; lo que él está sosteniendo es que un estado de las cosas similar no puede formar parte de un sistema de la naturaleza que también contiene la ley según la cual el amor propio es promover la preservación de la vida. Esto porque un sistema de la naturaleza está, ex hypothesi, racionalmente ordenado, y sería irracional que uno y el mismo principio o instinto pudiera conducir a formas de comportamiento diametralmente opuestas.[19]

Como en un sistema formal, el conjunto de reglas no puede albergar contradicciones, es decir, debe contar con la propiedad de la consistencia (además de la decidibilidad y la completitud). Si nosotros descubrimos una contradicción dentro del sistema, sabremos que es inconsistente y que, por tanto, no es propiamente un sistema. Creo que a esto se refería Kant cuando afirmaba que una contradicción que se diese al universalizar la máxima, es decir, al incorporarla al sistema de reglas para la ordenación de los fenómenos (naturaleza en sentido formal), provocaría que la naturaleza no subsistiera. El sistema se volvería inconsistente, no sería una naturaleza (o un mundo) posible.

La contradicción del primer ejemplo se puede formalizar. Siguiendo a Ronald Glass,[20] al traducir al español su propuesta, podemos construir la siguiente fórmula lógica de la máxima:

AP = actúo bajo el principio del amor propio
C = circunstancia de que espero más mal que agrado
S = decido cometer suicidio
AP (C S)

El amor propio (AP), esa sensación (Empfindung, feeling) de la que hablaba Kant, tendría como consecuencia el suicidio (S) con mediación o condición de ciertas circunstancias (C). Esta máxima, sin embargo, tendría que ser introducida en un sistema de la naturaleza donde rige una conexión entre el amor propio (AP) y el fomento de la vida, lo que implica no suicidarse, es decir ~S:

AP ~S

Si nosotros introdujéramos la máxima AP (C S)  en el sistema en el que rige AP ~S, tendríamos como resultado algo como lo siguiente:

AP ⊃ ((C ⊃ S) · ~S

Del amor propio, en nuestro sistema, podríamos derivar tanto S como ~S. Por tanto, en un sistema de reglas, del amor propio, considerado como causa, derivaríamos dos efectos contrarios.[21] Nuestro sistema sería inconsistente y no subsistiría como tal. Nosotros no podemos pensar sin contradicción que la máxima de la acción del primer ejemplo se pueda incorporar como ley universal a un sistema (naturaleza formal) en el que el amor propio tiene por cometido el fomento de la vida. El sistema, con ese agregado, se volvería inconsistente e imposible.

 

El segundo ejemplo

Si está claro lo que se propone, es decir, que la contradicción en el primer ejemplo (el deber perfecto hacia uno mismo) consiste en una contradicción entre la máxima considerada como ley universal y el sistema de leyes de la naturaleza al que se incorporaría, provocando en éste una inconsistencia (y que esa naturaleza no pueda subsistir), podemos pasar ahora al segundo ejemplo.

La máxima que presenta el filósofo de Königsberg es la que sigue: “Cuando crea estar apurado de dinero, tomaré dinero en préstamo y prometeré pagarlo, aunque sé que eso no sucederá nunca”.[22] El argumento para rechazar la máxima es el siguiente:

Transformo pues la pretensión del amor propio en una ley universal y dispongo así la pregunta: qué pasaría entonces si mi máxima se convirtiese en una ley universal. Ahí veo enseguida que nunca puede valer como una ley universal de la naturaleza ni concordar consigo misma, sino que tiene que contradecirse necesariamente. Pues la universalidad de una ley que diga que cada uno, tan pronto como crea estar necesitado, puede prometer lo que se le ocurra con la intención de no cumplirlo, haría imposible la promesa y el fin mismo que con ella se pudiera tener […].[23]

Aquí el autor no apela a un “sentimiento” o a algo con cometido o propósito natural. En nuestra interpretación eso significa que no debemos imaginar un sistema previo en el que rige ya algún enlace, como el del amor propio y el fomento de la vida, sino que aquí, por así decir, partimos de cero. Necesitamos saber entonces no si vamos a encontrar una contradicción entre la máxima y algún enlace ya vigente en el sistema cuando universalicemos o incorporemos aquélla a éste, sino si nuestra máxima puede o no funcionar como ley universal, como componente del sistema de la naturaleza.

Dado que estamos siguiendo la hipótesis de que las máximas, al hacerse leyes, se convierten en leyes causales, la pregunta es si nuestra máxima en cuestión puede ser una ley causal, esto es, si al imaginarla como ley universal de la naturaleza, puede funcionar como enlace entre una causa y un efecto.

En la primera sección de la Fundamentación, al enunciar por primera vez el imperativo categórico, Kant utiliza un ejemplo muy parecido en el que alguien hace una promesa falsa para salir de un aprieto cualquiera. En la prueba de universalización da con una respuesta negativa:

Y bien pronto me percato de que ciertamente puedo querer la mentira, pero de ninguna manera una ley universal de mentir, pues según una ley semejante no habría propiamente promesa alguna, porque sería vano simular mi voluntad en lo que respecta a mis acciones futuras a otros que sin embargo no creen en mi simulación, o si precipitadamente lo hiciesen, me pagarían con la misma moneda, y por tanto mi máxima, tan pronto como se hiciese de ella una ley universal, tiene que destruirse a sí misma.[24]

Como puede verse, nuestro filósofo sostiene que, si la máxima de prometer falsamente para salir de algún apuro (en el ejemplo que analizamos, salir de un apuro de dinero) se convirtiese en ley universal (agregamos de la naturaleza), no habría propiamente promesa alguna. Al parecer, aquí el supuesto es que alguien puede hacer una promesa sólo si existe la posibilidad de que haya quien pueda creerla. Esto es equivalente a decir que una ley así establecería una causa (estar apurado de dinero) que no generaría el efecto (prometer falsamente para obtener dinero), no sólo porque nadie prestaría (es decir, no se obtendría el dinero), sino porque no se podrían hacer promesas. Una causa sin efecto, según una ley en la que de rigor esa causa produce ese efecto, es una contradicción.

Christine Korsgaard, basándose en el texto “Two Concepts of Rules” de John Rawls, nos da una explicación sobre cómo una promesa dejaría de existir en un mundo donde todos hacen promesas falsas:

[…] una práctica tiene un propósito estándar, y si sus reglas se violan universalmente, la práctica deja de ser eficaz para su propósito y, por consiguiente, deja de existir. Las personas podrán encontrar otro medio para alcanzarlo, y la práctica cae en desuso. Esto es lo que ocurre en el ejemplo de Kant de las promesas falsas. Las promesas de devolver el dinero, como nunca son aceptadas, dejan de existir. La gente deja de dar préstamos, o bien, obtienen otra forma de asegurar que se les pague.[25]

La contradicción sistemática que hallamos en este ejemplo consiste en que, al universalizar la máxima por nuestra voluntad, nos percatamos de que el resultado es una ley que debería fincar un enlace causal p É q, pero q termina por no darse. Si intentamos expresarlo sencillamente con fórmulas, tendríamos algo como lo que sigue:

ND = estoy en la condición de necesitar dinero
PF = hago una promesa falsa
OD = obtengo dinero
ND (PF OD)

Si nosotros universalizáramos esta máxima como ley universal en un sistema, de acuerdo con lo que señala Korsgaard siguiendo a Rawls, el resultado sería que ni PF y, en consecuencia, ni OD se desprenderían de ND. Las promesas dejarían de existir y, por tanto, no obtendríamos el dinero.

Si en el primer ejemplo la falla que detectamos es que nuestro sistema, al incorporar la máxima como ley universal, se volvería inconsistente, aquí la falla es, quizá, que nuestro sistema se tornaría indecidible en varias de sus proposiciones. Como sabemos, la decidibilidad en un sistema formal consiste en que sea posible señalar para todas sus fórmulas un método para desprenderlas de las otras. Si encontramos una fórmula que no puede desprenderse de las demás, entonces decimos que es independiente, que nuestro sistema carece de decidibilidad. Es lo que sucede con PF y con OD: nuestra regla establecía que las desprenderíamos de ND, pero la universalización de esa regla provoca que PF deje de existir y que, por tanto, tampoco se dé OD.

 

El tercer ejemplo y la naturaleza como sistema teleológico 

A diferencia de los dos primeros ejemplos, en los que las máximas ni siquiera pueden pensarse como leyes universales de la naturaleza, en los próximos dos (de los deberes imperfectos) las máximas sí podrían pensarse así, pero no quererse. La contradicción aquí no estaría en el pensamiento sino en la voluntad. Esto supone que hay un contenido racional de la voluntad que se vería contradicho con la universalización de las máximas de los ejemplos.[26]

En palabras de Faviola Rivera, la contradicción en los dos primeros ejemplos se daría entre una premisa que el agente racional acepta o debería aceptar, y su cancelación al universalizar la máxima. En cambio, en los siguientes dos ejemplos la contradicción se presenta “cuando un propósito con el cual el agente está comprometido se frustra tras la universalización de la máxima”.[27]

Aquí se intentará exponer la contradicción también como una de tipo sistémico en los ejemplos de los deberes imperfectos; sólo que el sistema a construir en el experimento mental de la universalización de las máximas ya no es solamente un sistema de leyes causales, sino un sistema teleológico. Si en los primeros ejemplos el resultado de la universalización consistió en naturalezas (o mundos) imposibles como sistemas de reglas (es decir, entendidos formalmente), en los ejemplos de los deberes imperfectos el resultado constituye naturalezas ciertamente posibles, pero que no son las mejores posibles. El supuesto aquí es que el agente racional está comprometido con la creación de la mejor de las naturalezas o mundos posibles, o, dicho de otra manera, quiere racionalmente el mejor mundo posible.

La máxima del tercer ejemplo dice así: “Cuando me encuentre en circunstancias cómodas, me dedicaré al placer en lugar de mejorar mis talentos naturales” o “dejaré de cultivar mis talentos por amor propio”.[28] El argumento de Kant para rechazar esa máxima es el siguiente:

[…] ciertamente, una naturaleza puede subsistir todavía según una ley universal semejante, aunque el hombre (del mismo modo que los habitantes del mar del Sur) dejase oxidarse su talento y se dedicase a emplear su vida meramente en la ociosidad, el recreo y la reproducción, en una palabra, en el goce; sólo que le es imposible querer que ésta se convierta en una ley universal de la naturaleza, o que esté puesta en nosotros como tal por instinto natural. Pues como ser racional quiere necesariamente que se desarrollen en él todas las facultades, porque le están dadas y le son útiles para todo tipo de propósitos.[29]

Si universalizáramos la máxima y la imaginásemos como ley universal, esto es, como parte del sistema de leyes de la naturaleza, ésta podría subsistir y no sería incoherente como sistema; pero no podríamos querer un sistema semejante, pues racionalmente querríamos otro en el que todas nuestras facultades se desarrollasen. Así quedaría si lo expresamos con fórmulas:

CC = estoy en circunstancias cómodas
DT = descuido mis talentos

Sistema, naturaleza o mundo posible A Sistema, naturaleza o mundo posible B
CC DT CC ~DT

En ninguno de los dos sistemas (A y B) hallamos una contradicción sistémica; ambos son pensables como tales. Pero un agente racional, dice Kant, necesariamente procura el desarrollo de las facultades (en terminología de Rivera, está comprometido con el propósito de desarrollar sus talentos). Dicho en concordancia con lo que se ha expuesto, el agente racional, como creador de sistemas, naturalezas o mundos, quiere racionalmente el mejor de ellos. La contradicción se da entonces entre CC DT y CC ~DT, donde la primera fórmula es la de una regla causal en un sistema posible, pero la segunda es la fórmula de una regla causal en un mejor mundo posible.

 

El cuarto ejemplo y conclusiones

La máxima aquí sería así: “Cuando me vaya bien y no tenga ganas de hacerlo, no contribuiré en nada al bienestar ajeno”.[30] El argumento
de Kant es como sigue:

[…] aunque es posible que según aquella máxima podría subsistir bien una ley universal de la naturaleza, es sin embargo imposible querer que un principio semejante valga en todas partes como ley de la naturaleza. Pues una voluntad que decidiese esto se contradiría a sí misma, ya que pueden ocurrir algunos casos en los que necesita del amor y compasión de otros, y en los que, por esa ley de la naturaleza surgida de su propia voluntad, se negaría a sí mismo toda esperanza del socorro que desea.[31]

Expresado en fórmulas quedaría del modo siguiente:

VG = me va bien
G = tengo ganas de hacerlo
A = ayudo a los demás

Sistema, naturaleza o mundo posible A Sistema, naturaleza o mundo posible B
((VB · ~G) ~A) ((VB · ~G) A)

De nuevo, el sistema, naturaleza o mundo posible B es mejor, y un agente racional necesariamente lo prefiere en lugar del sistema, naturaleza o mundo posible A, entre otras razones, porque en A se privaría de ayuda ajena, algo que racionalmente quiere también, y en B no se privaría de esa ayuda. La contradicción se da entre ((VB ∙ ~G) ~A), que sería una regla en un sistema posible, y ((VB ∙ ~G) A), que sería una regla en un mundo posible mejor.

En La religión dentro de los límites de la mera razón escribe Kant:

Suponed un hombre que venera la ley moral y a quien se le ocurre (cosa que difícilmente puede evitar) pensar qué mundo él, guiado por la Razón práctica, crearía si ello estuviese en su poder, y ciertamente de modo que él mismo se situase en ese mundo como miembro; no sólo elegiría precisamente del modo que aquella idea del bien supremo comporta, si le fuese dejada solamente la elección, sino que también querría que un mundo en general existiese, pues la ley moral quiere que se haga el bien más alto que sea posible por nosotros […].[32]

Se trata de crear un mundo capaz de existir, posible, pero también en el que se encuentre el máximo bien posible por nosotros. En los ejemplos de los deberes perfectos las máximas se rechazan, pues, al pensarse como leyes, generan contradicciones y mundos imposibles. En los ejemplos de los deberes imperfectos, también se rechazan, pues no generan el mejor de los mundos posibles.

 

Fuentes documentales

Glass, Ronald, “The Contradictions in Kant’s Examples” en Philosophical Studies, Springer, Londres, vol. 22, Nº 5–6, octubre/diciembre de 1971, pp. 65–70.

Hochberg, Gary M., “A Re–Examination of the Contradictions in Kant’s Examples” en Philosophical Studies: An International Journal for Philosophy in the Analytic Tradition, Springer, Londres, vol. 24, Nº 4, julio de 1973, pp. 264–267.

Kant, Immanuel, “‘First Introduction’ of the Critique of Judgement” en Critique of Judgement, Oxford University Press, Oxford, Reino Unido, 2007, pp. 315–355.

——  Crítica de la razón práctica, Fondo de Cultura Económica, México, 2005.

——  Crítica de la razón pura, Fondo de Cultura Económica, México, 2009.

——  Fundamentación de la metafísica de las costumbres, Ariel, Barcelona, 1996.

——  Groundwork of the Metaphysics of Morals, Cambridge University Press, Cambridge, 1998.

——  La religión dentro de los límites de la mera razón, Alianza, Madrid, 2001.

——  Prolegómenos a toda metafísica futura que haya de poder presentarse como ciencia, Istmo, Madrid, 1999.

Kemp, John, “Kant’s Examples of the Categorical Imperative” en The Philosophical Quarterly, Oxford University Press, Oxford, vol. 8, Nº 30, enero de 1958, pp. 63–71.

Korsgaard, Christine, La creación del reino de los fines, Universidad Nacional Autónoma de México/Universidad Autónoma Metropolitana/Universidad Autónoma de Chihuahua, México, 2011.

Rivera Castro, Faviola, Virtud, felicidad y religión en la filosofía moral de Kant, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 2014.

 

[*] Licenciado en Filosofía por la Universidad de Guadalajara. Asesor político y profesor de asignatura en el ITESO. carlosdelgadillo@iteso.mx

 

[1].     Christine Korsgaard, La creación del reino de los fines, Universidad Nacional Autónoma de México/Universidad Autónoma Metropolitana/Universidad Autónoma de Chihuahua, México, 2011, pp. 173–220.

[2].    Faviola Rivera Castro, Virtud, felicidad y religión en la filosofía moral de Kant, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 2014, pp. 91–130.

[3].    Immanuel Kant, Crítica de la razón pura, Fondo de Cultura Económica, México, 2009, pp. 563 y 564. Las cursivas se encuentran en el original.

[4].    Ibidem, p. 713.

[5].    Idem.

[6].    Immanuel Kant, “‘First Introduction’ of the Critique of Judgement” en Critique of Judgement, Oxford University Press, Oxford, Reino Unido, 2007, pp. 315–355, p 327.

[7].    Immanuel Kant, Fundamentación de la metafísica de las costumbres, Ariel, Barcelona, 1996, 4:421. Las cursivas se encuentran en el original. En adelante se utiliza la citación canónica para esta obra de Kant.

[8].    En la distinción entre concepto y formulación sigo el capítulo iii de la obra de Faviola Rivera Castro, Virtud, felicidad y religión

[9].    Idem. Las cursivas se encuentran en el original.

[10].    Immanuel Kant, Prolegómenos a toda metafísica futura que haya de poder presentarse como ciencia, Istmo, Madrid, 1999, p. 179.

[11].    Immanuel Kant, Fundamentación…, 4:446.

[12].    Faviola Rivera Castro, Virtud, felicidad y religión…, pp. 122–130.

[13].    Immanuel Kant, Fundamentación…, 4:422.

[14].    Idem. Cursivas del autor.

[15].    Sigo aquí la traducción de “Empfindung” como “sensación”, y “Bestimmung” como “cometido”, según el trabajo de José Mardomingo en la edición de la Fundamentación de la metafísica de las costumbres que uso como referencia. En inglés se ha traducido “Empfindung” como “feeling” y “Bestimmung” como “destination”. “The only further question is whether this principle of self–love could become a universal law of nature. It is then seen at once that a nature whose law it would be to destroy life itself by means of the same feeling whose destination is to impel toward the furtherance of life would contradict itself and would therefore not subsist as nature; thus that maxim could not possibly be a law of nature and, accordingly, altogether opposes the supreme principle of all duty”. Immanuel Kant, Groundwork of the Metaphysics of Morals, Cambridge University Press, Cambridge, 1998, p. 32. Cursivas del autor. La contradicción está en que una sensación (“Empfindung”, “feeling”) cuyo objetivo, fin o cometido (“Bestimmung”, “destination”) fuese preservar la vida provocaría el fin de ésta. Tal sensación se contradiría consigo misma.

[16].    John Kemp, “Kant’s Examples of the Categorical Imperative” en The Philosophical Quaterly, Oxford University Press, Oxford, vol. 8, Nº 30, enero de 1958, pp. 63-71, p. 65 Traducción propia.

[17].    Immanuel Kant, Prolegómenos…, p. 183.

[18].    Immanuel Kant, Crítica de la razón práctica, Fondo de Cultura Económica, México, 2005, pp. 69–70. Las cursivas se encuentran en el original.

[19].    John Kemp, “Kant’s Examples of the Categorical Imperative”, p. 66.

[20].   Ronald Glass, “The Contradictions in Kant’s Examples” en Philosophical Studies, Springer, Londres, vol. 22, Nº 5–6, octubre/diciembre de 1971, pp. 65–70

[21].    En otra interpretación universalizar la máxima daría como consecuencia no dos efectos contrarios, sino la anulación del efecto. Es decir, si convirtiéramos la máxima por nuestra voluntad en ley universal de la naturaleza sería imposible suicidarse: “If it were the case that this were a law of nature, then taking one’s life wat would not be suicide, in the sense in wich that term has normative connotations. Thus, the contradiction is that the notion of suicide, when universalized, simply is no longer suicide”. Gary M. Hochberg, “A Re–Examination of the Contradictions in Kant’s Examples” en Philosophical Studies: An International Journal for Philosophy in the Analytic Tradition, Springer, Londres, vol. 24, Nº 4, julio de 1973, pp. 264–267, p. 265. En este caso tendríamos un ejemplo muy parecido al segundo, el de la promesa falsa, pues la consecuencia de universalizar la máxima sería que ya no habría suicidios, como no habría promesas (lo que se muestra en el siguiente apartado).

[22].   Immanuel Kant, Fundamentación…, 4:422.

[23].   Idem. Cursivas del autor.

[24].   Ibidem, 4:403. Cursivas del autor.

[25]    Christine Korsgaard, La creación del reino de los fines, p. 186. Cursivas del autor.

[26].   Ibidem, p. 177.

[27].   Faviola Rivera Castro, Virtud, felicidad y religión…, p. 121.

[28].   Ibidem, p. 122.

[29].   Immanuel Kant, Fundamentación…, 4:423. Cursivas del autor.

[30].   Faviola Rivera Castro, Virtud, felicidad y religión…, p. 125.

[31].    Immanuel Kant, Fundamentación…, 4:432. Cursivas del autor.

[32].   Immanuel Kant, La religión dentro de los límites de la mera razón, Alianza, Madrid, 2001, 6:5. Las cursivas en “crearía” se encuentran en el original. Las demás son del autor.